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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.71 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213247
Clave de tesis
I.4o.A.71 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 440

RECURSO DE REVISION. NO ES PROCEDENTE CONTRA SENTENCIAS DE TRIBUNALES COLEGIADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 440

Precedentes

Revisión fiscal 834/93. Director General Jurídico de la Procuraduría General de la República (Miguel Raúl Bonilla Romero). 2 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Elsa Fernández Martínez.
Registro digital (IUS): 213247