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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.1o.A.130 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213263
Clave de tesis
III.1o.A.130 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 451

RESOLUCION PRESIDENCIAL DOTATORIA DE TIERRAS A UN EJIDO, INDEBIDA EJECUCION DE UNA. LA HIPOTESIS PREVISTA EN EL ARTICULO 18, FRACCION I, DE LA LEY ORGANICA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS NO LES DA COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO PROMOVIDO CONTRA LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 451

Precedentes

Amparo en revisión 171/93. Paulino Pérez Castillo. 30 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Julio Ramos Salas.
Registro digital (IUS): 213263