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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.65 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213274
Clave de tesis
XXI.65 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 456

SENTENCIAS CIVILES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 456

Precedentes

Amparo directo 302/93. María Barrón de Santiago. 6 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Enrique Valencia Lira. Véanse: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Tesis 1778, pág. 2855 y Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomos XVIII, pág. 1212; XXI, págs. 215 y 229 y XXXIII, pág. 565.
Registro digital (IUS): 213274