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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.44 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213288
Clave de tesis
XXI.1o.44 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 496

SUSPENSION. EN CUALQUIERA DE LAS FORMAS LEGALES ES, POSIBLE OTORGAR LA GARANTIA, PARA QUE SURTA EFECTOS LA, DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 496

Precedentes

Incidente en revisión 313/93. Nohelia Hirugami Barrera. 2 de diciembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Enrique Valencia Lira. Sostiene la misma tesis: Queja 42/93. Maquilas García Molina, S.A. de C.V. 27 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Mena Méndez. Secretario: José Hernández Villegas.
Registro digital (IUS): 213288