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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o.195 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213296
Clave de tesis
V.2o.195 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 503

TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO. NO ES UN VERDADERO INCIDENTE EN RIGOR PROCESAL Y TECNICO POR LO QUE CONTRA ESA RESOLUCION PROCEDE EL AMPARO DIRECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 503

Precedentes

Amparo directo 609/93. Virginia Velázquez Madero. 12 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: José Luis Hernández Ochoa.
Registro digital (IUS): 213296