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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
X.1o.76 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213394
Clave de tesis
X.1o.76 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 270

APLICACION DE UN NUEVO CODIGO PENAL, EN LA APELACION, CUANDO LA NUEVA LEGISLACION BENEFICIE AL REO (CODIGO PENAL DEL ESTADO DE TABASCO, EN VIGOR DESDE EL VEINTE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 270

Precedentes

Amparo directo 490/92. Jaime Rivera Guarda. 9 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Vargas Ruiz. Secretario: Sergio Armando Martínez Vidal. Precedente: Amparo directo 87/73. José Dolores López Estrada. 9 de mayo de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Séptima Epoca, Vol. 53, Sexta Parte, pág. 35.
Registro digital (IUS): 213394