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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.A.126 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213395
Clave de tesis
I.3o.A.126 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 270

APODERADO DEL QUEJOSO, LA RATIFICACION DE LA DEMANDA DE AMPARO PUEDE REALIZARSE POR EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 270

Precedentes

Amparo en revisión 2103/93 (Improcedencia). Alejandro Palacios Ríos. 30 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosalba Becerril Velázquez.
Registro digital (IUS): 213395