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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C.543 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213412
Clave de tesis
I.5o.C.543 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 281

BARDA MEDIANERA. ILEGALIDAD DEL REQUERIMIENTO A LA DEMANDADA PARA QUE CUMPLA CON LA SENTENCIA QUE ORDENO SU DEMOLICION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 281

Precedentes

Amparo en revisión 1785/93. Carlota Rivas viuda de Sandoval. 11 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario: Eduardo Francisco Núñez Gaytán.
Registro digital (IUS): 213412