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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.P.127 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213415
Clave de tesis
I.3o.P.127 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 284

CALUMNIA, LAS SENTENCIAS ABSOLUTORIAS NO SON PRUEBA PLENA PARA CONFIGURAR EL DELITO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 284

Precedentes

Amparo directo 943/93. Javier Zamora García. 13 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Gortari Jiménez. Secretaria: Marina Elvira Velázquez Arias.
Registro digital (IUS): 213415