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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
X.1o.122 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213416
Clave de tesis
X.1o.122 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 284

CADUCIDAD. OPERA AUNQUE ESTE DESINTEGRADO EL TRIBUNAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 284

Precedentes

Amparo directo 82/92. Constructora Rubio Solís, S.A. de C.V. 23 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Vargas Ruiz. Secretaria: Adelita Méndez Cruz. Precedente: Amparo directo 282/85. Ramón H. Hernández Falcón. 31 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Séptima Epoca, Sexta Parte, Vols. 205-216, pág. 101.
Registro digital (IUS): 213416