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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.178 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213433
Clave de tesis
II.2o.178 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 293

CONCEPTOS DE VIOLACION, SON INOPERANTES CUANDO NO CONTIENEN RAZONAMIENTOS CONTRA LOS FUNDAMENTOS DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 293

Precedentes

Amparo directo 829/93. Braulio Alcántara Campos. 3 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Pablo Rabanal Arroyo.
Registro digital (IUS): 213433