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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.127 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213434
Clave de tesis
VI.1o.127 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 294

CONFESION. DIVERSAS DECLARACIONES DEL REO. SU VALOR (CORRECTA INTERPRETACION DE LA TESIS DE JURISPRUDENCIA NUMERO 78. APENDICE 1917-1965).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 294

Precedentes

Amparo en revisión 454/93. José Trinidad Vázquez Huerta. 24 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: Rosa María Roldán Sánchez. Precedentes: Amparo directo 490/91. Benjamín Jiménez Tenocelotl. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Roberto Javier Sánchez Rosas. Amparo directo 47/89. Jerónimo Aco Huerta. 18 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra. Amparo directo 60/90. Zenón Briones Leal. 29 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Roberto Javier Sánchez Rosas. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, tesis 480, pág. 832 y Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Vol. 14, Segunda Parte, pág. 14 y Octava Epoca, Tomo XI-Mayo, pág. 308.
Registro digital (IUS): 213434