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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.1o.C.58 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213439
Clave de tesis
I.1o.C.58 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 296

CONVENIO. EL AUTO QUE LO APRUEBA Y DA POR CONCLUIDO EL JUICIO ELEVANDOLO A LA CATEGORIA DE COSA JUZGADA, ES ANALIZABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 296

Precedentes

Amparo en revisión 1303/91. Adolfo Juárez Ortega. 4 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Luz María Perdomo Juvera. Secretaria: María Elena Vargas Bravo.
Registro digital (IUS): 213439