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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C.116 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213447
Clave de tesis
I.5o.C.116 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 302

DEMANDA DE AMPARO. AUTO QUE ORDENA PRESENTAR EL ESCRITO ACLARATORIO DE LA, EN ORIGINAL Y COPIAS SUFICIENTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 120 DE LA LEY DE LA MATERIA, ES EXPLICITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 302

Precedentes

Amparo en revisión 1735/93. Virginia Cureño Montiel. 5 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas.
Registro digital (IUS): 213447