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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C.118 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213450
Clave de tesis
I.5o.C.118 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 305

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. DESECHAMIENTO IMPROCEDENTE DE LA INTERPUESTA CONTRA EL PROVEIDO QUE IMPONE MULTA CON EL CARACTER DE CORRECCION DISCIPLINARIA, A LA PARTE QUE SIN CAUSA JUSTIFICADA NO CONCURRE A LA AUDIENCIA PREVIA Y DE CONCILIACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 305

Precedentes

Amparo en revisión 1815/93. Alfredo Sánchez Alvarado. 18 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas.
Registro digital (IUS): 213450