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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.105 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213460
Clave de tesis
II.2o.105 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 310

DEMANDA LABORAL, SU FALTA DE CONTESTACION NO IMPLICA FORZOSAMENTE QUE SE CONDENE POR DESPIDO INJUSTIFICADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 310

Precedentes

Amparo directo 861/93. Manuel Guadalupe Lujano Ortiz. 17 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: Ma. del Rocío F. Ortega Gómez.
Registro digital (IUS): 213460