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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.3o.250 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213472
Clave de tesis
II.3o.250 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 316

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL CUANDO LOS CONYUGES VIVEN EN CALIDAD DE ARRIMADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 316

Precedentes

Amparo directo 877/93. Martín Pérez Ceja. 4 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Bárker. Secretaria: Gabriela Bravo Hernández. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, tesis 669, Pág. 1114.
Registro digital (IUS): 213472