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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XI.2o.104 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213476
Clave de tesis
XI.2o.104 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 320

EXTORSION. DELITO DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 320

Precedentes

Amparo directo 164/93. Antonio Hernández Mercado. 9 de diciembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Ponce de León. Secretario: Moisés Duarte Briz.
Registro digital (IUS): 213476