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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XVII.2o.20 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213480
Clave de tesis
XVII.2o.20 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 324

FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. INTERPRETACION QUE DEBE DARSE AL ARTICULO 15 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO, EN RELACION CON EL DELITO DE. (LEGISLACION PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 324

Precedentes

Amparo directo 99/93. Gilberto Sánchez Macías. 6 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Campuzano Medina. Secretaria: María de Lourdes Villagómez Guillón.
Registro digital (IUS): 213480