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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.186 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213494
- Clave de tesis
- II.2o.186 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 336
INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA POR REPETICION DEL ACTO RECLAMADO. CUANDO ES INFUNDADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 336
El incidente de inejecución de sentencia por repetición del acto reclamado supone que la responsable lejos de cumplir la resolución emite otra repitiendo el acto, resultando éste infundado si la Sala al cumplimentar la sentencia de amparo, invalida el fallo reclamado y dicta otro exponiendo razones y fundamentos diferentes a los del primero que pronunció y contra el cual, se otorgó el amparo, aunque se llegue a la misma conclusión; toda vez que la inejecución de la sentencia sólo podría alegarse si la Sala se abstuviera totalmente de cumplirla.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia y repetición del acto reclamado 3/93. Miguel Angel Félix Vargas. 23 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Pablo Rabanal Arroyo.