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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.115 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213500
Clave de tesis
II.1o.115 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 339

INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA, ES IMPROCEDENTE RECLAMARLA EN AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 339

Precedentes

Amparo en revisión 221/93. Aeropuertos y Servicios Auxiliares. 24 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Fernando Lúndez Vargas.
Registro digital (IUS): 213500