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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.116 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213503
Clave de tesis
II.2o.116 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 340

INIMPUTABILIDAD, LA EMBRIAGUEZ VOLUNTARIA NO CONSTITUYE CAUSA DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 340

Precedentes

Amparo directo 681/93. Pablo Bazán Raya. 13 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretaria: Yolanda Leyva Zetina. Precedente: Amparo directo 297/93. Ramón Ramírez Villegas. 4 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Joel A. Sierra Palacios.
Registro digital (IUS): 213503