Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/213509
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.T.715 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213509
Clave de tesis
I.5o.T.715 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 343

JUBILACION O PRESTACION EXTRALEGAL, PREVISTA EN LA CLAUSULA 134, FRACCION I, DEL CONSENSO ENTRE PETROLEOS MEXICANOS Y SUS TRABAJADORES, A QUIENES OBLIGA LA DECISION DE LA EMPRESA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 343

Precedentes

Amparo directo 7485/93. Petróleos Mexicanos. 21 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 213509