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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.2o.37 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213533
Clave de tesis
XXI.2o.37 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 358

MULTA EN EL JUICIO DE AMPARO, SI EL QUEJOSO NO TENIA MOTIVO LEGAL ALGUNO PARA IMPETRAR LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, ES APEGADA A DERECHO LA, IMPUESTA POR UN JUEZ DE DISTRITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 358

Precedentes

Amparo en revisión 296/93. Eloim Pérez Laurel. 24 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinoza. Secretario: Eusebio Avila López.
Registro digital (IUS): 213533