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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T.564 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213543
- Clave de tesis
- I.6o.T.564 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 385
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. NO ES DE MALA FE PORQUE EL PATRON HAYA FORMULADO DENUNCIA PENAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 385
Si previo al despido que se alega existió denuncia penal en contra del trabajador por parte de su patrón, el ofrecimiento que se le haga en el juicio laboral para que retorne a su trabajo, no puede considerarse necesariamente de mala fe. En primer lugar, porque la circunstancia de que exista una denuncia penal, no altera los beneficios que la ley otorga al trabajador con motivo de su trabajo y, en segundo lugar porque no se puede limitar el derecho del patrón a denunciar un hecho que pudiera constituir la comisión de un delito, posiblemente afectatorio de su persona o de un patrimonio.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 7086/93. Gonzalo Espinoza Juárez. 30 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Estela Jasso Figueroa.