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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.1o.A.47 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213594
Clave de tesis
III.1o.A.47 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 413

REVISION, AGRAVIOS EN LA. ANTE SU AUSENCIA EN EL ESCRITO RESPECTIVO, AL JUEZ DE DISTRITO NO LE ESTA PERMITIDO LEGALMENTE REQUERIR A LA PARTE RECURRENTE PARA QUE LOS EXPRESE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 413

Precedentes

Improcedencia 125/93. Javier Lamas Morales. 31 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto.
Registro digital (IUS): 213594