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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.3o.247 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213632
- Clave de tesis
- II.3o.247 C
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 438
TESTIMONIAL, DESAHOGO DE LA. CUANDO NO SE ENCUENTRA PRESENTE EL OFERENTE DE LA PRUEBA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Febrero de 1994; Pág. 438
El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, en el Capítulo VI del Título Séptimo, referente a la prueba testimonial, no establece como requisito para su desahogo el que se encuentre presente la parte oferente, por lo tanto, si de la propia certificación efectuada por el secretario de acuerdos se desprende que los testigos comparecieron al juzgado y también obra en autos pliego de preguntas al que debían ser sometidos, esta probanza debió desahogarse; más aún, cuando no existió apercibimiento en contra del quejoso oferente, de que si no comparecía junto con sus testigos, la prueba no sería desahogada.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 873/93. Rafael Moreno Aramburo. 10 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco.