Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/213680
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.20 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213680
Clave de tesis
XXI.1o.20 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 163

ALEGATOS. NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSION LA OMISION DE ANALIZARLOS EN EL LAUDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 163

Precedentes

Amparo directo 265/92. Elpidio González Sánchez. 14 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Víctor Hugo Enríquez Pogán.
Registro digital (IUS): 213680