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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.1o.C.57 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213691
Clave de tesis
I.1o.C.57 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 169

ARRENDAMIENTO. SU RESCISION ES IMPROCEDENTE SI UNO DE LOS COPROPIETARIOS AUTORIZO VARIAR LA FORMA DEL INMUEBLE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 169

Precedentes

Amparo directo 889/91. Fernando Fernández Fariña y otro. 29 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Secretario: Régulo Pola Jesús.
Registro digital (IUS): 213691