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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.38 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213692
Clave de tesis
IV.3o.38 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 170

ARTICULO 76, FRACCION III, CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION VIGENTE HASTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE, INCONSTITUCIONALIDAD DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 170

Precedentes

Amparo directo 414/92. "Recuperación de Aceros", S.A. de C.V. 11 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Jesús María Flores Cárdenas.
Registro digital (IUS): 213692