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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
X.1o.114 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213700
Clave de tesis
X.1o.114 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 175

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. PROCEDE DECRETARLA CONTRA SINDICATOS CUANDO LO QUE IMPUGNA ES EL PAGO DE SALARIOS CAIDOS A QUE FUE CONDENADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 175

Precedentes

Amparo directo 878/92. Sección 29 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 27 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Vargas Ruiz. Secretario: Sergio Armando Martínez Vidal.
Registro digital (IUS): 213700