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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.1o.A.46 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213710
Clave de tesis
III.1o.A.46 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 184

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES. LO SON CUANDO NO SE INCLUYEN ARGUMENTOS EFICACES PARA COMBATIR LAS CONSIDERACIONES QUE SUSTENTAN LA RESOLUCION RECURRIDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 184

Precedentes

Amparo directo 19/93. Felipa Castellón Rojas. 31 de agosto de 1993. Mayoría de votos. Disidente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Secretaria: Rosa Elena Sánchez Gómez.
Registro digital (IUS): 213710