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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.141 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213716
Clave de tesis
II.2o.141 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 189

CONFESION DE LOS ACUSADOS, RENDIDA ANTE EL MINISTERIO PUBLICO. SU VALOR PROBATORIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 189

Precedentes

Amparo directo 894/93. Erick Octavio Peniche Pérez. 10 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Pablo Rabanal Arroyo.
Registro digital (IUS): 213716