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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.81 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213733
Clave de tesis
IV.3o.81 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 200

DEMANDA DE AMPARO. DESECHAMIENTO DE LA. POR INCOMPETENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO POR SER MATERIA DE AMPARO DIRECTO, PROCEDE EL RECURSO DE REVISION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 200

Precedentes

Amparo directo 677/92. Jesús López Castillo. 17 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Jesús María Flores Cárdenas.
Registro digital (IUS): 213733