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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C.107 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213763
Clave de tesis
I.5o.C.107 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 215

EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO INDIRECTO. QUEJA INFUNDADA CONTRA EL AUTO DE DESISTIMIENTO EN EL JUICIO NATURAL, DICTADO DESPUES DE HABERSE ORDENADO EL EMPLAZAMIENTO EN CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 215

Precedentes

Queja 327/92. Ricardo Acosta Alvarez. 13 de mayo de 1993. Mayoría de votos. Disidente: José Luis Caballero Cárdenas. Ponente: Adriana Alicia Barrera Ocampo. Secretario: Sergio Darío Maldonado Soto.
Registro digital (IUS): 213763