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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.21 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213774
- Clave de tesis
- XXI.1o.21 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 241
FALTA DE ASISTENCIA. LOS LIBROS DE CONTROL SON IDONEOS PARA TENER POR ACREDITADA LA INASISTENCIA DEL TRABAJADOR EN SU FUENTE DE TRABAJO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 241
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 784, fracción III, 804, fracción III, y 805, de la Ley Federal del Trabajo, corresponde al patrón acreditar, cuando sea materia de controversia las faltas de asistencia del trabajador, a cuyo efecto deberá exhibir en el juicio los documentos previstos por el legislador en el segundo de los dispositivos citados, entre los cuales están los controles de asistencia, documentos a los que son equiparables los libros destinados a ese fin, mismos que resultan idóneos para acreditar su inasistencia a su fuente de trabajo, ya que constituyen medios empleados ordinariamente en las empresas para registrar las asistencias y ausencias del trabajador; de tal manera que si la institución demandada aportó como prueba documental privada, los libros de control de asistencia de personal que labora en la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Guerrero, la Junta responsable debió otorgarle valor probatorio para tener por acreditada la inasistencia de la trabajadora.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 214/93. Universidad Autónoma de Guerrero. 30 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra.