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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.233 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213790
- Clave de tesis
- XX.233 P
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 251
INTRODUCCION ILEGAL DE DROGA AL PAIS Y POSESION DE LA MISMA. HIPOTESIS EN QUE PUEDEN COEXISTIR LAS MODALIDADES DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 251
Las modalidades de introducción ilegal de droga al país y posesión de la misma pueden coexistir, cuando la primera no fue efectuada por los inculpados de manera material y directa sino previo acuerdo para realizar actos y conductas que favorecieran la consumación del mismo, y en cambio, la segunda ocurrió con posterioridad a la realización de la primera, esto es, cuando el quejoso se disponía a llevar el estupefaciente a distinto lugar, lo cual es indicativo de que se trata de conductas antijurídicas destacadas e independientes.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 503/93. Javier Corral Cáceres y otro. 21 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.