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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.93 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213853
Clave de tesis
XX.93 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 286

PRUEBA DE INSPECCION DESAHOGADA INDEBIDAMENTE. DEBE ORDENARSE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO PARA EL EFECTO DE DESAHOGARSE EN LOS TERMINOS EN QUE FUE ACORDADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 286

Precedentes

Amparo directo 535/93. Gerardo Gómez Gómez y otros. 7 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 213853