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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.137 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213870
- Clave de tesis
- IV.3o.137 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 294
PRUEBAS OFRECIDAS. ESTUDIO DE LAS, POR FORMAR PARTE DE LA LITIS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 294
La litis laboral se integra no sólo con los escritos de demanda y contestación, sino también con lo expuesto y alegado por las partes en la etapa de demanda y excepciones de la audiencia correspondiente, por lo que si el demandante allegó pruebas de las cuales hizo alusión en la etapa de demanda y excepciones, es claro que dicho argumento sí formó parte de la litis, de tal manera que el material probatorio que en torno a ésta aportó el demandante, tiene que ser objeto de estudio por parte de la autoridad de trabajo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 601/92. Instituto Mexicano del Seguro Social. 20 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretaria: Gloria Fuerte Cortés.