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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.148 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213885
Clave de tesis
IV.3o.148 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 302

RELACION LABORAL. DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA DE LEY. NO ADMITE LA EXISTENCIA DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 302

Precedentes

Amparo directo 6/93. Efraín Alberto Villa Vázquez. 10 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretaria: Gloria Fuerte Cortés. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, núm. 32, Agosto de 1990, pág. 28.
Registro digital (IUS): 213885