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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XI.2o.41 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213929
- Clave de tesis
- XI.2o.41 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 324
TRABAJOS INFORMATIVOS. LA REALIZACION DE ESTOS EN TERRENO DE LOS QUEJOSOS NO AFECTA SU INTERES JURIDICO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 324
No afecta el interés jurídico de los pequeños propietarios quejosos, el que dentro de un recurso de inconformidad promovido por una comunidad indígena, la Subsecretaría de la Reforma Agraria ordenase al delegado agrario en la entidad, realizar diversos trabajos informativos en las tierras descritas en la demanda de garantías, pues tal orden no contiene ninguna decisión de que los quejosos no sean propietarios de esas tierras ni tendiente a desalojarlos o desposeerlos de ellas, sino sólo que se realicen trabajos informativos, de ahí que en todo caso, lo que les pudiese llegar a afectar su interés jurídico sería el fallo que llegare a dictarse y, con el cual culmine la inconformidad mencionada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Improcedencia 159/93. Adolfo Cedeño González y coagraviados. 18 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: María Cristina Torres Pacheco.