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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.3o.145 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213932
Clave de tesis
IV.3o.145 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 327

UTILIDADES. PAGO DE. EL NO ACUDIR OPORTUNAMENTE EL TRABAJADOR A COBRARLAS NO EXIME AL PATRON DE PAGARLAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Enero de 1994; Pág. 327

Precedentes

Amparo directo 408/92. "Nylon de México", S.A. 24 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Hilario Zarazúa Galdeano.
Registro digital (IUS): 213932