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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII. P. J/32 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213947
- Clave de tesis
- VII. P. J/32
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 83
ROBO. CALIFICATIVA PREVISTA EN EL ARTICULO 176 FRACCION I, INCISO D, DEL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 83
Para que se configure la calificativa a la que se refiere el inciso D) de la fracción I del artículo 176 del Código Penal para el Estado, se requiere que: 1. El activo del delito de robo sea el dueño o los empleados de empresas o establecimientos comerciales; 2. Dicho delito se cometa en los lugares en que aquéllos presten sus servicios al público, y 3. El antisocial se cometa en los bienes de los huéspedes o clientes de esas empresas o establecimientos comerciales, por lo que si el apoderamiento del objeto del delito no se ejecuta en un lugar en el que los activos presten sus servicios al público y mucho menos en bienes de huéspedes o clientes de la empresa pasiva, mal puede pretenderse que se actualiza la calificativa de mérito.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 178/93. Joaquín Hernández Díaz. 11 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: María de Lourdes Juárez Sierra.
Amparo directo 197/93. Martín Córdoba Tepetla. 8 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: María de Lourdes Juárez Sierra.
Amparo directo 425/93. José Julio Villalobos Zaleta. 15 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez.
Amparo directo 426/93. Zendy Godínez Anaya. 15 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez.
Amparo directo 427/93. Oscar Fernando Martínez Cruz. 15 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez.