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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213984
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 797

AMPARO. LEYES HETEROAPLICATIVAS, SATISFECHOS LOS REQUISITOS DEL ARTICULO 116 DE LA LEY DE AMPARO Y PRECISADO EL ACTO DE APLICACION DEBE ADMITIRSE LA DEMANDA DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 797

Precedentes

Amparo en revisión 506/93. Jesús Campos Solares. 2 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Estela Jasso Figueroa.
Registro digital (IUS): 213984