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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214015
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 844

COMPRAVENTA. LAS PARTES DEBEN CUMPLIR CON LO QUE SE OBLIGARON, PARA ASI ESTAR EN APTITUD DE EJERCITAR ACCION EN CONTRA DEL INCUMPLIDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 844

Precedentes

Amparo directo 215/93. Compañía de Inversiones, S.A. de C.V. 19 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Benito Alva Zenteno.
Registro digital (IUS): 214015