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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 214018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 845
CONCEPTO DE ANULACION FORMAL. DE RESULTAR FUNDADO IMPIDE ESTUDIAR LOS DEMAS CONCEPTOS QUE ATAÑEN EL FONDO DEL ASUNTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 845
Si de la sentencia fiscal se aprecia que la Sala examinó y declaró fundado un concepto de anulación en el que se controvierten vicios formales de la resolución combatida en el juicio de nulidad, ello impide que la Sala pueda pronunciarse sobre las cuestiones que en cuanto al fondo se hicieron valer.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1161/93. Densímetros Robsan, S. A. de C. V. 26 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Teódulo Angeles Espino.