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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214055
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 868

EMPLAZAMIENTO DEL TERCERO PERJUDICADO, ES LEGAL EL PRACTICADO EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN EL JUICIO NATURAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 868

Precedentes

Amparo en revisión 148/93. María Guadalupe Sepúlveda de Lara. 1o. de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: José Luis Delgado Gaytán.
Registro digital (IUS): 214055