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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214088
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 890

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. PRINCIPIO DE IRREVOCABILIDAD, NO SE VIOLA EL, CUANDO SE DESCONOCE PERSONALIDAD A LA COMISION NACIONAL DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 890

Precedentes

Amparo directo 156/93. Roberto Osorio Díaz. 22 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Arredondo Elías. Secretario: Francisco Javier Solís López.
Registro digital (IUS): 214088