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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214093
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 895

JEFE DE LA SECCION DE CREDITO Y COBRANZAS DE CORPORACION DE FOMENTO DE CHIAPAS, S. A. DE C. V. NO CORRESPONDEN A UN EMPLEADO DE CONFIANZA Y POR TANTO NO ESTA EXCLUIDA DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS, LAS ACTIVIDADES RELATIVAS A. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 895

Precedentes

Amparo directo 423/93. Francisco Javier Gómez Mandujano. 26 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Registro digital (IUS): 214093