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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
214111
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 911

NOTIFICACION EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL. SU VALIDEZ SOLO PUEDE EXAMINARSE CONFORME A LOS MOTIVOS EXPUESTOS PARA TILDARLA DE ILEGAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 911

Precedentes

Amparo en revisión 127/93. María Teresa Almaraz Torres. 2 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Esteban Oviedo Rangel.
Registro digital (IUS): 214111